viernes, 13 de junio de 2008

LOS PROFESORES EXPONEN UNA SERIE DE PUNTOS:

LOS PROFESORES EXPONEN AL:

El CLAUSTRO DE PROFESORES DEL IES. ________________________ SOLICITA POR ACUERDO AL EXCMO. AYTO. DE LA CIUDAD DE _______________MOCIÓN PARA MANIFESTAR EL APOYO DE LA CORPORACIÓN MUNICPAL A LA DEMANDA DE HOMOLOGACIÓN DEL PROFESORADO DE LA ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA EN EL ARCHIPIÉLAGO CANARIO


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Primero.- Desde el pasado curso escolar, el profesorado canario de la enseñanza no universitaria viene desarrollando movilizaciones de diversa índole demandando del Gobierno de Canarias la homologación salarial con los funcionarios no docentes de la propia Administración Pública de igual categoría y titulación, por tratarse de la simple aplicación de un principio básico de equidad que obliga a tratar con similar retribución a empleados públicos de la misma categoría.

Segundo.- En 1991, en virtud de la Ley 4/1991 de 29 de abril, se estableció la homologación de las retribuciones de los funcionarios docentes que prestan servicios a la Administración Pública canaria con los funcionarios que ocupan los puestos base de dicha Administración, contemplándose para ello un plazo de cinco años, al finalizar el cual se produciría la consolidación de dicha homologación a cambio de ciertas contrapartidas que hoy en día se continúa cumpliendo.

Tercero.- La vigencia de la Ley 4/1991 queda reflejada en el propio Boletín Oficial de Canarias desde el año 1996 hasta el 2008 a través de la publicación de normas de diferente rango en las que se solicita al profesorado el cumplimiento de las contrapartidas de la Ley. La última mención a la actualidad de la LEY 4/1991 está en la Resolución de 10 de marzo de 2008, por la que se convocan elecciones a la dirección de Centros del Profesorado (CEP) de Canarias, BOC de 6 de mayo.

Cuarto.- No obstante lo señalado en el punto anterior, a partir de la finalización del mencionado plazo de cinco años comienza a abrirse una nueva brecha entre los funcionarios docentes y los no docentes, ya que las retribuciones de estos últimos han crecido por encima de las de los primeros, valorándose la diferencia salarial mensual mínima en 400 y la máxima en 800 euros.

Quinto.- En la actualidad hay docentes del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria que dan clase en los Institutos de FP Marítimo-Pesqueros y en las Escuelas de Capacitación Agraria, que sí están homologados con el resto de los funcionarios, realizando las mismas funciones docentes que el resto de sus compañeros dependientes de la Consejería de Educación, sólo porque dependen de una Consejería diferente. Así pues, este Gobierno y su Consejería de Educación aplican dobles raseros y discriminan a sus propios funcionarios dependiendo del lugar en el que trabajen, y no de las funciones que realicen.

Sexto.- La relevancia de la enseñanza para el desarrollo económico y social del país hace necesaria la retribución adecuada y equitativa del profesorado, así como una mayor inversión en el servicio público educativo que el gobierno canario presta a los ciudadanos.
Por todo ello, el Claustro de profesores del IES _______________________ propone al Pleno de la Corporación Municipal la adopción del siguiente

ACUERDO

1.- La Corporación Municipal de _________ manifiesta su apoyo a la reivindicación de homologación salarial planteada por el profesorado de la enseñanza pública no universitaria del Archipiélago, así como a la necesidad de incrementar el porcentaje del PIB canario dedicado a la educación.

2.- Remitir copia del presente acuerdo al Presidente del Gobierno Canario y a su Consejera de Educación.”

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